También ha aprobado por “unanimidad” renombrar el pabellón cubierto de Almuñécar con el nombre de “Antonio Marina».
El pleno del Ayuntamiento del Ayuntamiento de Almuñécar, en sesión extraordinaria y urgente, ha dado luz verde a la aprobación inicial de la modificación parcial de las ordenanzas fiscales del ICIO y del IAE, el Reglamento de Concesión de Ayudas Económicas para el Pago del IBI, tal y como había propuesto el equipo de gobierno que preside, Juan José Ruiz Joya.
Fue el concejal de Hacienda, Rafael Caballero quien se encargó de explicar la propuesta que elevaba el equipo de gobierno. Tras ello el portavoz del IU-Podemos, Francisco Fernández, pidió que se votarán las propuestas del ICIO y del IAE. Así se hizo y los corporativos votaron por separado. El ICIO se aprobó por unanimidad y la propuesta del IAE salió también adelante con el voto en contra de IU-Podemos.
En cuanto a la aprobación inicial sobre el Reglamento de Concesión de Ayudas Económicas para el pago del IBI, se aprobó por unanimidad, a pesar de las enmiendas que presentaron los grupos de IU-Podemos y CA.
Desde IU-Podemos, el portavoz manifestó que aunque manifestó el portavoz que compartía el espíritu de la propuesta pedía que el IPREM subiera al 2 en vez de 1,5 que se propone. El Alcalde emplazó al próximo ejercicio esta propuesta ya que para este año no daba tiempo, argumentó Ruiz Joya. En cuanto a la enmienda del CA que pedía que se rebajará un 10% el IBI, el primer edil sexitano aclaró que no se podía aplicar ninguna rebaja porque no se trataba de aprobar ordenanza sino un reglamento. Tras ser rechazadas las dos enmiendas, el punto salía adelante por unanimidad.
Propuestas del equipo de gobierno aprobadas.
IBI Concesión de ayudas económicas para el pago del impuesto sobre bienes inmuebles a vecinos/as del municipio de Almuñécar en general y especialmente a los que viven en situaciones de necesidad:
Atendiendo a los diferentes colectivos a los que va destinada esta ayuda, los/as destinatarios/as de la misma son:
– Personas viudas con escasos recursos económicos.
– Personas mayores de 65 años con escasos recursos económicos.
– Personas discapacitadas con un 65% o más.
– Personas en riesgo de exclusión social.
– Familias monoparentales con hijos/as menores a su cargo.
– Víctimas de violencia de género.
ICIO: IMPUESTOS CONSTRUCCIONES
- Bonificaciones por construcciones, instalaciones u obras declaradas de especial interés o utilidad municipal:
- a) Disfrutarán de una bonificación del 75% sobre la cuota del impuesto, la ejecución de obras de rehabilitación individualizada de viviendas incluidas en el Programa de Rehabilitación Autonómica de Viviendas de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía para este Término Municipal.
- b) Disfrutarán de una bonificación del 50% sobre la cuota del impuesto, la ejecución de obras o instalaciones que obedezcan al inicio de cualquier actividad por la nueva creación o implantación de una industria, comercio o actividad profesional y únicamente por el coste de las obras que le afecten de manera directa.
- Una bonificación del 95% a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo.
- Una bonificación del 50 % a favor de las construcciones, instalaciones u obras vinculadas a los planes de fomento de las inversiones privadas en infraestructuras.
- Una bonificación del 90% a favor de las construcciones, instalaciones u obras necesarias para la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos.
IAE: IMPUESTO ACTIVIDADES ECONÓMICAS
- Una bonificación del 50% de la cuota correspondiente, para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad empresarial y tributen por cuota municipal, durante los cinco años de actividad siguientes a la conclusión del segundo período impositivo de desarrollo de aquélla.
- Una bonificación por creación de empleo del 50% de la cuota correspondiente, para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que hayan incrementado el promedio de su plantilla de trabajadores con contrato indefinido durante el período impositivo inmediato anterior al de la aplicación de la bonificación, en relación con el período anterior a aquél.
- Una bonificación del 50% de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que:
– Utilicen o produzcan energía a partir de instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables o sistemas de cogeneración.
– Realicen sus actividades industriales, desde el inicio de su actividad o por traslado posterior, en locales o instalaciones alejadas de las zonas más pobladas del término municipal.
– Establezcan un plan de transporte para sus trabajadores que tenga por objeto reducir el consumo de energía y las emisiones causadas por el desplazamiento al lugar del puesto de trabajo y fomentar el empleo de los medios de transporte más eficientes, como el transporte colectivo o el compartido.
- Una bonificación del 50% de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración.
- Una bonificación del 50% de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que hayan instalado puntos de recarga para vehículos eléctricos en los locales afectos a la actividad económica.
TASA DEPÓSITO VEHÍCULOS:
TARIFA 2ª. DEPÓSITO DE VEHÍCULOS | IMPORTE EN EUROS
(importe por día o fracción) |
Por el depósito de ciclomotores, motocicletas, triciclos, motocarros y demás vehículos de características análogas | 5,30 € |
Por el depósito de turismos, furgonetas y demás vehículos de características análogas con tonelaje inferior a 2.000 kg de peso | 13,65 € |
Por el depósito de camiones, tractores, remolques, camionetas, furgonetas y demás vehículos de características análogas con tonelaje superior a 2.000 kg de peso | 22,75€ |
También el pleno aprobó la propuesta de elección del representante del Grupo Municipal del Partido Popular en Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropical que quedó vacante después de las pasadas elecciones andaluzas al ser elegida la alcaldesa, Trinidad Herrera, parlamentaria. La propuesta de elección para cubrir la vacante será el nuevo alcalde, Juan José Ruiz Joya.
Pabellón de Deportes de Almuñécar “Antonio Marina”
Los corporativos sexitanos aprobaron “por unanimidad” renombrar el Pabellón Municipal de Deportes de Almuñécar con el nombre de “Antonio Marina”. Con los aplausos de los ediles puestos en pié se daba luz verde a este renombramiento. Fue tras la exposición y defensa de la propuesta por parte del concejal de Deportes, Luis Aragón. La portavoz del grupo socialista, Rocío Palacios, también explicó la postura de su grupo para apoyar la propuesta por el citado renombre del pabellón almuñequero. A ello se sumó el grupo de CA, tal y como manifestó la portavoz Maria Luisa Díaz ante la ausencia de Juan Carlos Benavides, quien retiró la moción que había elevado para la denominación del Estadio Municipal de Deportes de Almuñécar, con el nombre de “Antonio Marina”.
Por su parte el alcalde Juan José Ruiz Joya manifestó la satisfacción de todos los corporativos porque la propuesta fuera aprobada por unanimidad “seguro que Antonio allá donde esté, hoy estará contento “, señaló.
De ello fue testigo el hijo de Antonio Marina, Lorenzo Guerrero, a quien saludaron y felicitaron los ediles al finalizar la sesión.
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