“Se hace para afrontar e intentar paliar, con las máximas garantías, en la medida de lo posible, los efectos provocados por esta crisis como consecuencia de la pandemia del Covid-19”, según el edil sexitano de Hacienda.
El Ayuntamiento de Almuñécar, a través de la Junta de Gobierno Local y a propuesta del concejal delegado de Hacienda, Rafael Caballero, ha acordado, “en aras de facilitar el pago de las deudas tributarias, flexibilizar los plazos para el pago, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo, así como el pago derivado de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento; con el fin de afrontar e intentar paliar, con las máximas garantías y en la medida de lo posible, los efectos provocados por esta crisis como consecuencia de la pandemia del Covid-19”, según el edil sexitano de Hacienda, Rafael Caballero.
“Con la finalidad de facilitar en la mayor medida posible a los ciudadanos el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, se estima necesario la adopción de medidas adicionales no contempladas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en particular, la adopción de medidas extraordinarias en el ámbito de aplicación de los tributos y otros ingresos de derecho público cuya gestión corresponde al Ayuntamiento”, señala la propuesta.
El acuerdo afecta a los padrones de Vados e Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ejercicio 2022, cuyo cobro está previsto en el segundo periodo voluntario de cobranza del próximo año, ampliar el periodo de cobro en voluntaria de dichos padrones fiscales al tercer periodo voluntario de cobranza, de forma que, aún iniciándose en la fecha prevista de 1 de abril de 2022 conforme al calendario fiscal, y siendo posible a partir de esa fecha realizar el pago por los contribuyentes que lo tengan por conveniente, el segundo periodo se extienda hasta la fecha de conclusión del tercero, es decir, hasta el 31 de agosto de 2022.
También afecta al IBI Urbana e IBI Rústica del ejercicio 2022, cuyo cobro está previsto en el tercer periodo voluntario de cobranza del próximo año, ampliar el periodo de cobro en voluntaria de dichos padrones fiscales al cuarto periodo voluntario de cobranza, de forma que, aún iniciándose en la fecha prevista de 1 de julio de 2022 conforme al calendario fiscal, y siendo posible a partir de esa fecha realizar el pago por los contribuyentes que lo tengan por conveniente, el tercer periodo se extienda hasta la fecha de conclusión del cuarto, es decir, hasta el 20 de noviembre de 2022.
Por otro lado, se concederá el fraccionamiento excepcional del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente a los ejercicios 2021 y 2022, sin prestación de garantía ni devengo de intereses de demora, de manera que los contribuyentes puedan hacer efectiva la deuda tributaria con posterioridad al 1 de enero de 2022 mediante la solicitud de un fraccionamiento de 6 cuotas mensuales de idéntico importe. La solicitud de este fraccionamiento excepcional, que se realizará en plazo voluntario, se presentará ante la Diputación Provincial de Granada, a través de los mecanismos que se establezcan al efecto.
Por último se podrá solicitar la concesión de fraccionamiento excepcional, en iguales términos y condiciones, del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente a los ejercicios 2021 y 2022 que tras la declaración del brote de Covid-19 como pandemia, elevando la emergencia
Rafael Caballero manifestó que “dado que este Ayuntamiento tiene delegada la gestión recaudatoria en la Diputación Provincial de Granada, que fue renovado mediante acuerdo del Ayuntamiento pleno de 25 de octubre de 2018 y ejerciendo ésta las competencias recaudatorias en periodo voluntario, de los tributos, precio públicos y otros ingresos de derecho público, cuya titularidad corresponda al Ayuntamiento y cuya gestión se formalice mediante la entrega del correspondiente pliego de cargos es por lo que se ha trasladado y solicitado a Diputación dicho acuerdo a los efectos oportunos”, dijo el edil de Hacienda, quien recordó que ya esta misma solicitud se realizó para este año 2021.